Ejecución de órdenes
Versión 1.2.5
Agosto de 2019
Introducción
Crowd Tech Ltd. (“Crowd Tech” o la “Empresa”) es una empresa de inversiones chipriota constituida y registrada en virtud de la legislación de la República de Chipre, con número de registro HE 297365. La Empresa está autorizada y regulada por la Comisión del mercado de valores de Chipre (“CySEC”) con licencia número 202/13.
La ley L.87 (I)/2017 de la CySEC sobre la prestación de servicios de inversión, el ejercicio de actividades de inversión y el funcionamiento de los mercados regulados de 2017, incluidas todas sus enmiendas, las Directivas emitidas por la CySEC (el “Reglamento”) y la Directiva relativa a los mercados de instrumentos financieros II (MiFID II) constituyen el marco regulatorio que rige las operaciones con instrumentos financieros.
En virtud de la Ley L.87/2017 de la CySEC sobre la prestación de servicios de inversión, el ejercicio de actividades de inversión y el funcionamiento de los mercados regulados de 2017 (la “Ley”), las empresas de inversión de Chipre (“CIF”, por sus siglas en inglés) deben adoptar todas aquellas medidas apropiadas para obtener el mejor resultado posible para sus clientes a la hora de realizar órdenes de clientes o de recibir y transferir órdenes de clientes para su ejecución. Según la legislación anterior, la Empresa está obligada a definir y poner en práctica una Política de ejecución de órdenes que proporcione información adecuada a sus clientes acerca de la ejecución de sus órdenes. Crowd Tech aplica esta política tras la aceptación de una orden de un cliente y/o cuando un cliente no proporciona instrucciones específicas acerca de la transferencia o ejecución de la orden.
Los apartados 24 y 25 de la Directiva DI144-2007-02 en materia de la competencia profesional de las firmas de inversión proporcionan información sobre las funciones de las CIF para actuar en beneficio del cliente, y sobre el contenido y el alcance de la política de mejor ejecución, respectivamente.
Alcance
Esta política tiene como objeto que, en virtud de la Ley, la Empresa defina y ponga en práctica los mecanismos más eficaces para obtener los mejores resultados posibles para sus clientes, teniendo en cuenta el precio, los costes, la velocidad, la probabilidad de ejecución y acuerdo, el tamaño y la naturaleza, así como las políticas de operaciones, las necesidades y las competencias de los clientes, cuando proceda y sea posible. No obstante, siempre que haya una instrucción específica del cliente, la Empresa ejecutará la orden conforme a las instrucciones específicas.
La Empresa actuará en calidad de agente y no como obligado principal al recibir y transferir las órdenes de los clientes para su ejecución.
Esta política resulta de aplicación para clientes profesionales y minoristas, y no se aplica a aquellos clientes que la Empresa clasifica como Posible parte contratante. Al celebrar un acuerdo con la Empresa, acepta las disposiciones de la presente Política.
Instrumentos financieros
La información sobre los instrumentos financieros que los clientes tienen a su disposición a través de la plataforma de operaciones de la Empresa se puede encontrar en el sitio web de la Empresa (trade360.com) o en los Términos y condiciones de la Empresa (“Acuerdo”).
Criterios de ejecución
Cuando la Empresa ejecuta una orden en ausencia de instrucciones específicas de los clientes, siguiendo todos los mecanismos adecuados para obtener el mejor resultado posible para sus clientes, la Empresa tendrá en cuenta los siguientes criterios de ejecución:
- Las características del cliente, incluida la categorización del cliente como minorista o profesional.
- Las características de la orden del cliente.
- Las características del instrumento financiero objeto de la orden.
- Las características de los centros de ejecución a los cuales se puede dirigir la orden.
Factores de ejecución
Al ejecutar órdenes de clientes, la Empresa tiene la obligación de tener en cuenta diversos factores de ejecución, siempre y cuando no haya instrucciones específicas del cliente para la Empresa acerca del modo de ejecución de las órdenes. Entre los factores de ejecución que la Empresa tendrá en cuenta se incluyen los siguientes, entre otros:
Precio
Los precios de la Empresa para cada instrumento financiero mostrados en la plataforma de operaciones se obtienen a través de un proveedor de liquidez. La Empresa proporciona a los clientes cotizaciones continuas de precios como COMPRA o VENTA. COMPRA es el precio de referencia para posiciones cortas (órdenes de venta) y VENTA es el precio de referencia para posiciones largas (órdenes de compra). La diferencia entre COMPRA y VENTA es el margen de diferencia (SPREAD). Para garantizar que los clientes de la Empresa reciben la mejor ejecución, la Empresa supervisa y compara diariamente sus precios y márgenes de diferencia en comparación con una gran variedad de proveedores terceros y fuentes de datos como referencia para asegurar unos precios competitivos y seguros. En función de la posición que el cliente desee, la Empresa ofrecerá un precio de COMPRA o VENTA.
Una vez que el cliente haya decidido la posición, enviará una solicitud a la Empresa para pedir confirmación sobre el precio solicitado.
Procuramos ofrecer el mejor precio a todos los clientes; no obstante, en determinadas circunstancias del mercado, es posible que el precio que solicita el cliente no esté disponible, por lo que, cuando esta situación surja, la orden se ejecutará con el siguiente mejor precio disponible sin confirmación previa. El cliente reconoce que tales desviaciones del precio declarado por el cliente pueden ir en su contra (desviación negativa) o a su favor (desviación positiva).
Velocidad y probabilidad de ejecución
El objetivo de la Empresa es ejecutar las órdenes de los clientes tan pronto como sea razonablemente posible. La frecuencia con la que la Empresa ofrece la mejor rapidez de ejecución posible depende de diferentes condiciones del mercado que pueden afectar a los precios de diferentes instrumentos financieros como, por ejemplo, entre otros, si hay un mercado muy dinámico o baja liquidez, y al principio de las sesiones bursátiles y tras la publicación de noticias importantes, puede que no sea posible garantizar la ejecución de alguna o todas las órdenes pendientes/órdenes de mercado al precio declarado.
Costes o comisiones
Es posible que la Empresa cargue una comisión o swap cuando el cliente abra transacciones en ciertos instrumentos financieros. Tiene a su disposición información de dichos costes en el sitio web de la Empresa: trade360.com
Tamaño de la orden
La Empresa intentará proporcionar la mejor ejecución posible para órdenes de cualquier tamaño; sin embargo, en determinadas circunstancias, el precio ofrecido al cliente puede ser diferente al precio declarado debido a las consecuencias de la liquidez del mercado en el momento de realización de la orden del cliente. La Empresa se reserva el derecho de no aceptar una orden de un cliente si el tamaño de esta es grande y la Empresa no la puede cubrir debido a ciertas condiciones del mercado que se den en el momento de realización de la orden.
Naturaleza de la orden
i. Orden de mercado
ii. Orden pendiente
La Empresa ofrece los siguientes tipos de transacción:
La “orden de mercado” es una orden de compra o venta inmediata frente al precio que el cliente ve en la plataforma de operaciones de la Empresa. Las órdenes de mercado se ejecutan con precios de COMPRA o VENTA que ofrece la Empresa. De forma particular, una orden de compra se ejecuta con el precio de VENTA del mercado actual y una orden de venta se ejecuta con el precio de COMPRA del mercado actual.
La “orden pendiente” es una orden para comprar o vender un instrumento financiero a un precio deseado y específico posteriormente. En este caso, la Empresa supervisará la orden y si el precio del mercado para el instrumento financiero en cuestión sube o baja hasta el precio especificado en la orden, esta se ejecutará al precio deseado. No obstante, en determinadas situaciones del mercado, es posible que el precio que solicita el cliente no esté disponible. Si surge este caso, la orden pendiente se anulará y la Empresa ejecutará la orden con el siguiente precio disponible. Es posible que se aplique la mejor ejecución en estas circunstancias. Dichas órdenes se pueden reflejar en la plataforma de operaciones de la Empresa de la siguiente forma:
1. Orden de limitación de compra: una orden de venta, siempre y cuando el precio de COMPRA futuro sea igual al valor predefinido. El precio actual es mayor que el precio de la orden realizada. Las órdenes de este tipo se realizan, por lo general, con la expectativa de que el precio de un instrumento financiero, que ha caído hasta cierto nivel, incremente.
2. Orden de limitación de venta: una orden de venta, siempre y cuando el precio de COMPRA futuro sea igual al valor predefinido. El precio actual es menor que el precio de la orden realizada. Las órdenes de este tipo se realizan, por lo general, con la expectativa de que el precio del instrumento financiero, que ha subido hasta cierto nivel, caiga.
3. Stop loss: esta orden se realiza para minimizar las pérdidas si el precio del instrumento financiero ha empezado a moverse en una dirección poco beneficiosa en relación con la orden del cliente.
4. Take profit: esta orden se realiza con el fin de definir un nivel de beneficios previsto para cuando el precio del instrumento financiero haya llegado a cierto nivel.
Instrucciones específicas
Aquellas instrucciones específicas sobre cómo ejecutar una orden de un cliente que la Empresa haya recibido por teléfono resultará en la ejecución de la orden únicamente cuando la Empresa haya verificado la identidad de la persona que ha llamado.
No obstante, siempre que haya una instrucción específica del cliente, la Empresa ejecutará la orden tras la aceptación de dicha instrucción. Cabe destacar, no obstante, que al ejecutar una orden siguiendo una instrucción específica del cliente, la Empresa la ejecutará de acuerdo con dicha instrucción y considerará que ha llevado a cabo sus obligaciones de mejor ejecución. Esto podría implicar que la Empresa no puede seguir la Política de mejor ejecución de la Empresa para dicha orden en particular
Centros de ejecución
Un centro de ejecución es la entidad a la que se realizan las órdenes o a la que la Empresa envía las órdenes para su ejecución. La Empresa actuará en calidad de agente del cliente (principal) al recibir y transferir órdenes. En aquellos casos en los que exista un único centro de ejecución para las órdenes de los clientes, se logrará la mejor ejecución mediante la ejecución en dicho centro.
La Empresa es el agente de todas las operaciones y el proveedor de liquidez de la Empresa, “Sirius Financial Markets PTY Ltd”, es el único centro de ejecución. Sirius Financial Markets PTY Ltd está regulada por la Financial Sector Conduct Authority (FSCA) y puede transferir las órdenes que reciba de nosotros a otros proveedores de liquidez.
Los corredores o Proveedores de liquidez no operan necesariamente en mercados regulados.
Conclusión
En virtud de la presente política, se proporciona información adecuada a los clientes en relación con los factores que Crowd Tech tiene en cuenta a la hora de gestionar órdenes de los clientes.
Cuando un cliente comienza a operar con la Empresa, dicho cliente ha manifestado previamente la aceptación de las disposiciones de esta Política de ejecución de órdenes a través de su aprobación de los Términos y Condiciones de la Empresa (“Acuerdo”).
Actualizaciones
La Empresa tiene el derecho de enmendar la presente política a su discreción y en el momento que considere oportuno y apropiado; además, revisará y enmendará la presente política, al menos, de forma anual, así como siempre que se produzca un cambio sustancial que afecte a la proporción de la mejor ejecución por parte de la Empresa. Los clientes pueden solicitar consultar esta política, que se encuentra en el sitio web de la Empresa.
Si no entiende algún punto de esta política o tiene dudas, póngase en contacto con nosotros enviándonos un mensaje a